En el Pleno del Congreso de los Diputados celebrado hoy se han aprobado definitivamente el Proyecto de Ley reguladora de la Jurisdicción Social, el Proyecto de Ley de Medidas de Agilización Procesal y el Proyecto de Ley de Reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
Los tres Proyectos, ahora ya Leyes, introducen modificaciones de diverso calado tanto en la Ley de Enjuiciamiento Civil, como en la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, la Ley de Procedimiento Laboral y la Ley Concursal.
Entre las medidas de agilización adoptadas se incluyen algunas tendentes a:
- 1.-reducir trámites : reconducción de las tercerías al juicio verbal civil o eliminación de la vista en el procedimiento contencioso-administrativo si no hay recibimiento a prueba.
- 2.-disminuir la litigiosidad :
- En orden civil: la reforma de los recursos de apelación, refundición de los trámites de anuncio y formalización del recurso y limitación del recurso de apelación contra las sentencias dictadas en los juicios verbales por razón de la cuantía a aquellas que excedan de 3.000 €.
- En orden contencioso-administrativo: elevación del límite para recurrir en apelación desde los 18.000 a los 30.000 € , o la sustitución del cauce de la cuantía por el del interés casacional en ambos órdenes jurisdiccionales elevando la cuantía para interponer dicho recurso a 600.000 € y ampliando el concepto de interés casacional.