jueves, mayo 30

BORRADOR DE LA ORDEN DE CÓMPUTO ANUAL Y CALENDARIO LABORAL PARA FUNCIONARIOS DE JUSTICIA


       

      Uno de los contenidos que regula la citada orden es el de las Vacaciones y Permisos que, siguiendo indicaciones de la Subdirección General de Medios Personales al Servicio de la Administración de Justicia, ya se estan aplicando




VACACIONES de 22 días hábiles anuales. Se podrá solicitar el disfrute independiente de hasta 7 días hábiles por año natural.

        La mitad de las vacaciones deberán ser disfrutadas entre los días 1 de junio y el 30 de septiembre

Cuatro días por asuntos particulares. Cuando por estas razones no sea posible disfrutar del mencionado permiso antes de finalizar el mes de diciembre, podrá concederse hasta el 31 de enero siguiente.

          Los días 24 y 31 de diciembre permanecerán cerradas las Oficinas. Cuando los citados días coincidan en festivo, sábado o día no laborable, se compensarán con dos días a dicionales de permiso por asuntos propios.